COPASO

¿Qué es el Copaso?

El Comité Paritario de Salud Ocupacional es el organismo que debe velar por la promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de salud ocupacional (medicina, higiene, medio ambiente laboral y seguridad industrial) dentro de la empresa, minimizando los riesgos profesionales.

 

Integración del Copaso

Como ya lo mencionamos, está integrado por empresario y trabajadores, pero según el número de trabajadores, se determina el número de integrantes del Copaso, veamos:
  • Empresas con 10 y hasta 49: (1 representante de los trabajadores y 1 del empleador)
  • Empresas con 50 y hasta 499: (2 representantes de los trabajadores y 2 del empleador)
  • Empresas con 500 y hasta 999: (3 representantes de los trabajadores y 3 del empleador)
  • Empresas con más de 1.000 empleados: (4 representantes de los trabajadores y 4 del empleador)

¿Y las empresas con menos de 10 trabajadores?

No están obligadas a tener Copaso, pero si deben tener un Vigía Ocupacional, quien cumplirá las mismas funciones del Comité Paritario (Decreto 1295 de 1994, parágrafo).

Periodo e inscripción de los miembros del Copaso

El periodo de los miembros del Copaso es de 2 años. (Decreto 1295 de 1994, artículo 63).
El acta de constitución y sus miembros, debe ser inscrito ante las oficinas del trabajo del domicilio de la empresa.

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